PROCESO PARA CONTRATO DE PREPOSICIÓN

¿Qué es el contrato de preposición?

Es una forma de mandato que tiene por objeto la administración de un establecimiento de comercio o de una parte o ramo de la actividad del mismo. La persona que administra se llama factor y el propietario del establecimiento se llama proponente.

Contenido del contrato

Los contratos de preposición deben contener la siguiente información:

  • Nombres, apellidos, domicilio (ciudad) y documento de identificación de quien da en administración el establecimiento (propietario o proponente).
  • Nombres, apellidos, domicilio (ciudad) y documento de identificación de quien recibe la administración del establecimiento (administrador o factor).
  • Las facultades y limitaciones en la administración, otorgados al factor.
  • La identificación del establecimiento de comercio a través de su nombre completo, dirección y número de matrícula.
  • El contrato puede efectuarse por escritura pública o documento privado.
  • Si consta en documento privado, deberá reconocerse ante juez o notario, el contenido del documento y las firmas de los otorgantes.
  • Entregar para inscripción copia simple del contrato, una vez haya sido reconocido ante notario por los otorgantes o presentado personalmente por los otorgantes.
  • La copia que se remite debe ser totalmente legible para garantizar su reproducción por medio técnico.
  • Cancelar los derechos de ley que le liquidará el cajero.
  • La inscripción del contrato causa, adicionalmente, un impuesto de registro a favor del Departamento del Cesar.
  • Inscribir en el registro mercantil de la Cámara, cualquier modificación al contrato o su cancelación.

Utilidad de la inscripción

El registro del contrato hace que el mismo surta efectos frente a terceros a partir de la fecha de inscripción y permite probar, con el certificado que le expide la Cámara de Comercio, quién es el administrador y las facultades otorgadas en su gestión.

Norma que lo sustenta: decreto 1074 de 2015 y 2260 de 2019, Ley 223 de 1995, decreto 650 de 1996 y ordenanza 101 de 17 de diciembre de 2014 de la asamblea del departamento del Cesar.