En atención a su reclamo radicado en esta entidad el día 8 de noviembre de 2024, mediante la cual manifiesta la compra de un certificado de existencia y representación legal el cual no ha recibido. Se le informa lo siguiente: Al revisar el soporte adjunto a la PQRSDF, se evidencia que la compra fue realizada a la Cámara de Comercio de Santa Marta para el Magdalena, por lo que no es posible atender su solicitud debido a que cada Cámara de Comercio es independiente, lo que quiere decir que usted debe presentar su reclamo a la entidad correspondiente.
Valledupar, 8 de noviembre de 2024
De conformidad con lo señalado en el artículo 26 del Código de Comercio y el artículo 13 de la Ley 1581 de 2012, y el artículo 2.2.2.25.2.4 del Decreto 1074 de 2015, LA CAMARA DE COMERCIO DE VALLEDUPAR PARA EL VALLE DEL RÍO CESAR, le informa que una vez realizada la búsqueda de MIGUEL ANGEL QUINTERO CASTRO, a la fecha no figura matriculado como comerciante, ni propietario de establecimientos de comercio, de cuotas o partes de interés, representante legal, miembro de junta directiva, y/o revisor fiscal, de conformidad con la jurisdicción otorgada mediante artículo 2.2.2.45.55 del Decreto 1074 de 2015 a esta Cámara de Comercio.
Sin que obste lo anterior, tenga en cuenta que, respecto de la titularidad de las acciones en sociedades anónimas, sociedades por acciones simplificadas o sociedades en comandita por acciones, y/o cualquier tipo societario en el que el capital se divida en acciones, dicha información no reposa en el registro mercantil acorde lo dispuesto en el artículo 195 del Código de Comercio.
Es importante señalar que la información suministrada en esta respuesta es el resultado de la consulta realizada en nuestro sistema con el nombre aportado por usted en su petición.
Valledupar, 24 de junio de 2024