LEY 1727 DE 2014

¿Cuál es el plazo establecido para realizar la renovación de la matrícula mercantil?

El artículo 33 del Código de Comercio establece que la matrícula se renovará anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año, es decir, el plazo vence el 31 de marzo, fecha en la que todos los empresarios matriculados deben renovar su matrícula y la de sus establecimientos de comercio, sucursales o agencias.


¿Qué sucede si no realicé la renovación de mi matrícula mercantil dentro del plazo establecido?

El comerciante que incumpla con la obligación de renovar oportunamente su matrícula mercantil estará sujeto a las sanciones previstas en el artículo 37 del Código de Comercio.

Sanciones que son impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio.


¿Cada cuánto se debe hacer la depuración del Registro Único Empresarial y Social (RUES)?

De conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley 1727 de 2014, las cámaras de comercio deberán depurar anualmente la base de datos del Registro Único Empresarial y Social (RUES).


¿Qué criterios se tienen en cuenta para realizar la depuración del Registro Único Empresarial y Social (RUES)?

  • Las sociedades comerciales y demás personas jurídicas que hayan incumplido la obligación de renovar la matrícula mercantil o el registro (según sea el caso), en los últimos cinco (5) años, quedarán disueltas y en estado de liquidación.
  • La cancelación de la matrícula mercantil de las personas naturales, los establecimientos de comercio, sucursales y agencias que hayan incumplido la obligación de renovar la matrícula mercantil en los últimos cinco (5) años.

¿Es posible realizar la renovación de los años pendientes y no perder la calidad de comerciante?

Sí, los comerciantes, personas naturales o jurídicas y demás que no hayan renovado la matrícula mercantil en los términos antes mencionados, tendrán plazo de un (1) año contado a partir de la vigencia de la Ley 1727 de 2014 para actualizar y renovar la matrícula mercantil.


¿Cómo puedo saber si no he renovado mi matrícula mercantil y hago parte de la lista de matrículas que serán depuradas?

  • Las cámaras de comercio informarán, previamente, las condiciones anteriormente mencionadas a los interesados, mediante carta o comunicación que se remite vía correo electrónico a la última dirección registrada, si la tuviere.
  • Así mismo, publicarán al menos un (1) aviso anual dentro de los tres (3) primeros meses en un diario de circulación nacional en el que se informe a los inscritos del requerimiento para cumplir con la obligación y las consecuencias de no hacerlo.