¿Cuál es el ámbito de vigilancia de las veedurías ciudadanas?
Cualquier ciudadano en forma plural o a través de organizaciones civiles como organizaciones comunitarias, profesionales, juveniles, indicales benéficas, de utilidad común, no gubernamentales, sin ánimo de lucro, constituidas conforme a la ley.
¿Cuáles son los instrumentos de acción de los veedores?
¿Cuáles son los requisitos que debe contener el documento de constitución?
Para la constitución de las veedurías deberá elaborarse un documento o acta de constitución, donde expresamente se aprobará la onstitución de la veeduría y se elegirán los veedores, la cual deberá contener: (Artículo 3 de la Ley 850 de 2003)
¿Qué se debe tener en cuenta para solicitar el registro de la constitución de la veeduría?
¿Cómo se realiza la formalización del RUT en la DIAN?
De acuerdo con la Resolución 12383 de 2011 expedida por la DIAN, una vez surtido el trámite de inscripción de la veeduría, para la normalización de la inscripción en el RUT, el representante legal o quien haga sus veces debe presentar ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales:
Para obtener la constancia de la titularidad de la cuenta corriente o de ahorros el interesado deberá aportar ante la entidad bancaria correspondiente copia del Formulario 1648 y original del certificado de existencia y representación legal.
¿Las veedurías ciudadanas están obligadas a la renovación de su inscripción?
De conformidad con el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, con el objeto de mantener la actualización del registro y garantizar la eficacia del mismo, la inscripción de las veedurías ciudadanas deberá renovarse actualmente dentro de los tres primeros meses del año, con tarifa cero.
Encuéntranos en Redes Sociales