Vía del Carbón, (San Roque – Cuestecitas)

Antecedentes.

Como resultado del proceso contractual VJ-VE-APP-IPV-003-2015, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI suscribió el contrato APP 006-2, con la Concesión Cesar-Guajira S.A.S bajo la modalidad de Asociación Público Privada para la operación, mantenimiento, rehabilitación y construcción de 350,3 km de vía que inicia en San Roque (Cesar) y finaliza en Cuestecitas (La Guajira). El objeto del contrato es:

Otorgamiento de una concesión para los Estudios y Diseños definitivos, Financiación, Gestión Ambiental, Predial y Social, Construcción, Rehabilitación, Operación, Mantenimiento y Reversión del sistema vial, para la conexión de los Departamento del Cesar y la Guajira, de conformidad con lo previsto en este Contrato, el Concesionario, por su cuenta y riesgo, lleve a cabo el Proyecto.

Valor del Contrato.

El valor del contrato asciende a $1.659.041.494.747,el proyecto no requiere recursos del sector público.
Plazo del Contrato.
Según el numeral 2.4 del contrato parte general(página 48), el plazo es variable y transcurrirá entre la fecha de inicio y la fecha que termine la etapa de reversión .

Se estima un plazo inicial de 34 años (408 meses) a partir del 30 de junio de 2015.

Dos consideraciones básicas sobre la fecha de finalización de la etapa de operación y mantenimiento:

– Una vez alcanzado el VPIP durante el plazo inicial del contrato (Valor presente al mes de referencia del recaudo del peaje, siempre y cuando no haya compensación por riesgo).

– Ciento ochenta días previos al cumplimiento del plazo inicial del contrato, aún en el caso en que, llegada esa fecha, el concesionario no hubiere obtenido el VPIP.

Resumen de las intervenciones en los 350,3 km.

– Construcción de vías nuevas 14,2 Km.
– Operación y mantenimiento vial 14,0 Km.
– Rehabilitación vial 322,1 Km
– Inversiones en obras $344.583 millones
Unidades funcionales.

Se compone de siete (7) Unidades Funcionales , cada una de las cuales aporta un porcentaje de participación en la totalidad del proyecto. Tomado del documento Apéndice Técnico 1 – Alcance General del Proceso Número VJ-VE-APP-IPV-003-2015 de la ANI .

Gráfica 1
Localización de las Unidades Funcionales Integrales del proyecto

Fuente: Proceso Número VJ-VE-APP-IPV-003-2015 en www.contratos.gov.co

Tabla 1
Unidades Funcionales
Unidad Funcional Porcentaje de Participación Longitud Km %
Long total
UF 1 San Roque – Becerril 13,62% 57,5 16,41%
UF 2 Becerril – La Paz 20,07% 81,9 23,38%
UF 3 Valledupar – El Molino 10,96% 45,2 12,90%
UF 4 Valledupar – San Juan del Cesar 12,55% 52,0 14,84%
UF 5 El Molino – Distracción 13,11% 39,9 11,39%
UF 6 Distracción – Cuestecitas 15,95% 59,6 17,01%
UF 7 Valledupar – San Diego 13,74% 14,2 4,05%
Total 100,00% 350,3 99,98%

Alcances de los trabajos por unidad funcional.

Tabla 2
Caracterización de las Unidades Funcionales
Unidad Funcional Integral (UFI) Subsector Origen
(Nombre Abscisa) Destino
(Nombre Abscisa) Longitud aproximada Origen Destino Intervención prevista Obras principales que debe ejecutar Observación
UFI 1
57,5 Km 1 San Roque Tramo 4901 PR 00+000 Becerril
Tramo 4901
PR 57+500 57,5 Rehabilitación Rehabilitación reforzamiento estructuras puente rio Maracas Inicio en el empate con la Ruta 45
UFI 2
81,9 Km 1 Becerril
Tramo 4901
PR 57+500 La Paz
Tramo 4901
PR 140+000 81,9 Rehabilitación
UFI 3
45,2 Km 1 Valledupar
Tramo 8004
PR 00+000 Curva Salguero
Tramo 8004
PR 5+200 5,6 Rehabilitación
2 Curva Salguero
Tramo 8004
PR 5+200 La Paz
Tramo 8004
PR 13+0386 9,4 Rehabilitación
3 La Paz
Tramo 4902
PR 0+000 El Molino
Tramo 4902
PR 31+364 30,2 Rehabilitación
UFI 4
52,0 Km 1 Valledupar
Tramo 8004A
PR 00+000 Badillo
Tramo 8004A
PR 38+549 38,0 Rehabilitación Reforzamiento estructura puente rio Badillo
2 Badillo
Tramo 8004A
PR 38+549 San Juan del Cesar
Tramo 8004A
PR 52+530 14,0 Operación y mantenimiento
UFI 5
39,9 Km 1 El Molino
Tramo 4902
PR 31+364 Buenavista
Tramo 4902
PR 75+0234 39,9 Rehabilitación
UFI 6
59,6 Km 1 Buenavista
Tramo 8801
PR 00+000 Cuestecitas
Tramo 8801
PR 52+615 59,6 Rehabilitación
UFI 7
14,2 Km 1 Valledupar
Tramo 8004
PR 00+000 Curva Salguero
Tramo 8004
PR 5+200 5,6 Construcción de segunda calzada Construcción de intersección en curva Salguero
2 Curva Salguero
Tramo 8004
PR 00+000 San Diego Km 8+552 (1.097.249,64 – 1.633.393,70) 8,6 Construcción de vía nueva Bidireccional Construcción de intersección en San Diego y de puentes sobre el Río Cesar y el Río Chiriaimo.

Peajes.

El proyecto incluye recibir y operar la caseta de peaje de San Juan del Cesar e instalar seis (6) nuevos peajes: Rincón Hondo, San Diego, Salguero, Rio Seco, Urumita y Cuestecitas.

La ubicación de las seis(6) casetas adicionales definitivas, según lo dispuesto en el Apéndice Técnico Uno, Alcance del Proyecto, son las siguientes:

Tabla 3
Localización de las Estaciones de Peaje definitivas
Nombre Condición Ruta Ubicación Sentido de cobro
Rincón Hondo Nueva 4901 PR 17 + 600 Bidireccional
San Diego Nueva 4901 PR 105 + 250 Bidireccional
Salguero Nueva 8004 PR 3 + 800 Bidireccional
Río Seco Nueva 8004 – A PR 11 + 430 Bidireccional
Urumita Nueva 4902 PR 25 + 300 Bidireccional
Cuestecitas Nueva 8801 PR 41 + 800 Bidireccional
San Juan Existente 4902 PR 61+0400 Bidireccional
Fuente: https://www.contratos.gov.co/consultas/detalleProceso.do?numConstancia=15-19-3603607 Modificación de la Tabla 11 del Apéndice Técnico 1

El numeral 3.6 del Contrato parte especial, menciona en el literal (c):

Sin prejuicio del literal (d) siguiente, el recaudo del peaje de las estaciones de peaje nuevas, comenzarán a efectuarse al día siguiente de la fecha de la firma del acta de terminación de la respectiva Unidad Funcional a la que pertenecen.

En el literal (d) se decide:

(…) la instalación, operación y recaudo de cada una de las estaciones de peajes nuevas, indicadas en el Apéndice Técnico 1, podrán comenzar con anterioridad a la firma del acta de terminación de las Unidades Funcionales 1, 2, 3, 4 y 6 (…) A partir de la suscripción del Acta de Inicio, el concesionario tendrá un plazo máximo de (180) días para instalar y comenzar a operar las nuevas estaciones de peaje, indicadas en el Apéndice Técnico 1.

Plazos estimados en etapas.

Plan de obras. 270 días siguientes a la fecha del acta de inicio.
Preconstrucción 365 días a partir de la fecha del acta de inicio (1 julio de 2016)
Construcción 1080 días a partir del inicio de la fase de construcción.

Riesgos sobre ubicación de peajes nuevos.

En el Contrato parte general, el numeral 13.3 Riesgos de la ANI indica dos puntos clave:

(g) Los efectos desfavorables derivados de que, por razones no imputables al concesionario, se haga imposible la instalación de las estaciones de peaje nuevas, indicadas en el Apéndice Técnico 1, o en general, se haga imposible el recaudo en las estaciones de peaje (…).

(h) Los efectos favorables o desfavorables del cambio de ubicación de las estaciones de peaje, cuando dicha modificación sea impuesta por la ANI o por cualquier entidad pública colombiana con capacidad para ordenar tal modificación (…).

Comentarios.

En el Apéndice 6 – Gestión ambiental, del Contrato, se obliga al Concesionario a adelantar por su cuenta y riesgo la tramitación y obtención de licencias y permisos ambientales necesarios para la ejecución del proyecto y efectuará las compensaciones ambientales que se le impongan por aprovechamiento de recursos naturales, por pérdida de biodiversidad y las actividades relacionadas con el Plan de Reasentamientos.

El Apéndice Técnico 8 se refiere al componente social y en el Numeral 5 Instrumentos de gestión social, define tres planes que debe cumplir el concesionario: Plan de compensaciones socio – económicas; Plan de gestión social contractual y el Plan de reasentamientos. Adicionalmente, será considerado como un instrumento de la gestión social el Plan de Responsabilidad Social y Ambiental, al que se refiere la sección 4.2 de la parte general del contrato.

A pesar de que el artículo 2 de la Ley 1228 de 2008 define las zonas de reserva para carreteras de la red vial nacional de la siguiente manera: Establécense las siguientes fajas de retiro obligatorio o área de reserva o de exclusión para las carreteras que forman parte de la red vial nacional: 1. Carreteras de primer orden sesenta (60) metros, 2. Carreteras de segundo orden cuarenta y cinco (45) metros, 3. Carreteras de tercer orden treinta (30) metros,en el Apéndice Técnico 7 – Gestión Predial, que forma parte del contrato principal, no se define claramente las condiciones para gestionar la incorporación de los terrenos de particulares que estén en la franja de los 60 metros en las vías existentes, ni de las vías por construir como son la segunda calzada Valledupar – Salguero y el nueva tramo Salguero – San Diego, quedando un vacío en la obligación de recuperar, para la Nación, los terrenos que demarque el corredor en todas las Unidades Funcionales del proyecto.