El Registro Mercantil es un servicio público a cargo de las Cámaras de Comercio, a través del cual, por virtud de la ley, se da publicidad a ciertos actos de los comerciantes que deban ser conocidos por la comunidad. El registro mercantil es público, por tanto, cualquier persona que necesite información sobre comerciantes matriculados puede solicitar certificados sobre los actos y documentos inscritos, consultar el expediente abierto a cada matriculado y obtener copias de los mismos, consiste en un sistema de copias autenticas. Básicamente el registro mercantil comprende tres aspectos fundamentales: la matrícula mercantil, las inscripciones de libros, actos y documentos y certificación de los actos inscritos.
Características del Registro Público Mercantil.
El Registro Mercantil es Público.
Así lo determina el artículo 26 del código de Comercio. Cualquier persona podrá acceder los libros en que este es llevado por las Cámaras de Comercio.
Es un Registro Reglado
El título III del libro I del código de Comercio regula el Registro Mercantil. Sólo se matriculan los comerciantes,los establecimientos de comercio y los actos respeto a los cuales la ley exige tal formalidad.
Es Obligatorio
Es obligación de todo comerciante, matricularse en el registro mercantil, renovar anualmente su matrícula y la de sus establecimientos e inscribir todos los actos, libros y documentos, respectos a los cuales la ley exija esa formalidad.